- Fomentar la comunicación y difusión del conocimiento médico relativo a la Oxígeno-Ozonoterapia, como medio alternativo precursor de la salud humana.
- Promover el desarrollo de la investigación en el ámbito de la Oxígeno-Ozonoterapia.
- Proporcionar un foro para la presentación y discusión de las cuestiones relacionadas con la Oxígeno-Ozonoterapia.
- Promover el apoyo, desarrollo y estímulo caritativo, científico o determinadas ventajas literarias para aumentar el conocimiento relacionado con la Oxígeno-Ozonoterapia.
- Adquirir y administrar fondos y bienes y ocuparse de alguna o todas las actividades lícitas circunstanciales dedicadas exclusivamente a los propósitos precedentes.
- Prestar asesoría a cualquier persona física o moral, pública o privada, en todos los aspectos relacionados con la Oxígeno-Ozonoterapia.
- Promover, efectuar o apoyar, sin fines de lucro, la edición y circulación de publicaciones especializadas en temas relacionados con la Oxígeno-Ozonoterapia.
- Adquirir todos los bienes muebles e inmuebles que sean necesarios y exclusivos para la realización de su objeto, de conformidad con lo dispuesto en la fracción III (3era) del artículo 27 (Veintisiete) de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
- Recibir donativos y préstamos, para destinarlos exclusivamente al desarrollo de su objeto, pudiendo organizar cualquier tipo de evento o sorteo para llegarse de fondos (previas autorizaciones de ley) respecto a los cuales podrá expedir recibos deducibles de impuestos, previo cumplimiento de los requisitos contenidos en las disposiciones tributarias aplicables al caso.
- Invertir los recursos que genere o aportaciones que reciba para el cumplimiento de su objetivo, en los instrumentos que considere adecuados.
- Celebrar toda clase de actos jurídicos que requiera para poder cumplir con su objetivo.